Desde principio de año, a 01 de enero de 2017, se han ampliado las semanas por permiso de paternidad a cuatro ininterrumpidas, es decir, los trece días naturales ininterrumpidos de permiso de paternidad han pasado a la historia.
Ahora son cuatro semanas de permiso de paternidad en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, conforme la ley 9/2009, del 6 de octubre. Ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiple en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
Este derecho podrá ser ejercido por el trabajador a la finalización del permiso por nacimiento de dos días, durante el permiso de maternidad o a la finalización del mismo, con la condición de disfrutarlo ininterrumpidamente, siendo imposible cogerse, por ejemplo dos semanas tras el nacimiento y dos más al finalizar el permiso de maternidad. Se tiene que tener muy claro que este permiso es intransferible, a diferencia del permiso de maternidad que en parte sí que puede, este está obligado a disfrutarlo en su totalidad el padre.